lunes, 22 de junio de 2009

Una Constitución para Carlotto....

En una nota anterior destacamos la templanza y valentía de la Dra. Hilda Molina, que se encuentra afortunadamente en nuestro país disfrutando de su familia y el afecto de los argentinos luego de más de una década y media de sufrir la separación por la violación de su derecho humano elemental de salir de su país libremente, a raíz de la obstinada prohibición del gobierno cubano que hasta llegó a fundamentar esta virtual prisión en la presunta “titularidad” que el Estado tendría sobre el cerebro de la ilustre visitante.
No es el propósito de esta nota reiterarle nuestra bienvenida y mejores deseos de feliz estadía en la Argentina y nuestra solidaridad con su valentía. Más bien interesa una referencia a la insólita declaración de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, quien ha instado a la Dra. Molina a no hacer declaraciones, guardarse a silencio y “no aprovechar de estar por acá para hacer política de su país” (¿?)
El pronunciamiento de Estela de Carlotto es singularmente insólito.
La Dra. Molina es en estos momentos una habitante de la Nación Argentina. Como tal, está amparada plenamente por los derechos constitucionales de libertad absoluta de expresión, tan vigente entre nosotros que es consustancial con nuestros principios fundamentales como país.
La extensión de este derecho en la Argentina tiene un arraigo y una dimensión ética, legal y política que no es imaginable la vida en nuestro territorio sin la facultad de todos y cada uno de decir lo que piensa. ¡Ni siquiera el actual régimen, cuya debilidad en el respeto a otros derechos constitucionales ha sido marcada tan duramente en estos años, ha insinuado siquiera rozar la plena libertad para expresarse!
No es inoportuno, entonces, recordar a Estela de Carlotto algunas normas afortunadamente vigentes por decisión no sólo de los fundadores del país sino de todos quienes vivimos hoy en él, que a pesar de nuestras profundas diferencias de enfoque en muchísimos otros temas, tenemos en éste una coincidencia abrumadora, casi unánime –con poquísimas e individuales excepciones, como la que ella misma conforma-:
“Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos, conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio: ... entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; ... ; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender” –artículo 14 de la Constitución Nacional.
“Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República.” –artículo 20 de la Constitución Nacional-.
“Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno.” –artículo 33 de la Constitución Nacional.
Si la Sra. Estela de Carlotto está molesta con las declaraciones de la Dra. Molina, tiene dos opciones: expresar libremente –como lo ha hecho- su propia visión u enfoque de los hechos, o trasladarse a vivir a Cuba, donde podrá estar feliz de que quien no coincida con su visión no podrá expresarlo, si quiere aspirar alguna vez a usar libremente su derecho a salir de su territorio.
Pero mientras esté en la Argentina, tanto la Dra. Molina, como la Sra. Carlotto, como el señor Kirchner, como quien se ubique en sus antípodas, tenemos, usamos y defendemos nuestro derecho fundamental a decir lo que querramos. Hace más de un siglo y medio que hemos decidido consagrar ese derecho, no solo “para nosotros”, sino también “para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que deseen habitar en el suelo argentino”.


Ricardo Lafferriere

que

No hay comentarios: